Prórroga para los Proyectos Bienales de Reconocimiento Institucional para la Programación Científica y/o Artística 2011-2013

Hasta el 30 de abril de 2011 se prorroga la presentación de proyectos bienales de reconocimiento institucional para la Programación Científica y/o Artística 2011-2013.
La presente convocatoria está dirigida a Docentes Investigadores que no posean categoría I, II o III del Programa de Incentivos.

Lugar de realización
Secretaría de Investigación y Posgrado

Horario
La entrega de proyectos se realizará de 11 a 16 hs. en la Secretaría de Investigación y Posgrado del Rectorado

Requisitos para la presentación de Proyectos de Reconocimiento Institucional
Se deben presentar 2 copias en papel, cada una en una carpeta tapa cristal conteniendo:

a. Carátula
b. Anexo II
c. Anexo III - debe estar firmado por: Director y Codirector si correspondiese.
Además para tener validez debe ser firmado por el Decano, los Directores de Área Transdepartamental, los Directores de Instituto o el Secretario de Investigación -o equivalente- de la Unidad Académica.
d. Anexo IV (uno por cada integrante del proyecto, así como el director y el codirector, Firmado)
e. Copia de todo el material digitalizado en CD ó DVD.

1. Sede
Los proyectos tendrán como lugar de trabajo dependencias del Instituto Universitario Nacional del Arte. Deberán ser presentados ante la Secretaría de Investigación y Posgrado del Rectorado del Instituto Universitario Nacional del Arte.

2. Acreditación
Todos los proyectos que resulten aprobados, luego del proceso de evaluación, serán acreditados por el Instituto Universitario Nacional del Arte. La acreditación de proyectos y su financiamiento se efectuará por orden de mérito científico-académico, que será de dominio público y difundido por medios electrónicos.

3. Informes
Los Directores de Proyecto deberán presentar los informes correspondientes y la rendición de gastos según el cronograma que se establece al final de este Anexo I.

4. Equipo de Investigación

4.1. Dirección del Proyecto
Los directores y codirectores podrán, a los fines de la acreditación de los proyectos por parte del Instituto Universitario Nacional del Arte, tener categoría IV o V o antecedentes equivalentes en el área temática en la que se inscriba el proyecto. Los directores y/o co-directores deberán ser profesores o auxiliares del Instituto Universitario Nacional del Arte. Cada equipo podrá contar con uno o más co-directores que deberán tener antecedentes pertinentes en el área temática del proyecto. Los co-directores tendrán los mismos derechos y obligaciones del director. Cada director podrá dirigir como máximo Dos (2) proyectos.

4.2. Participación en proyectos
Son funciones de los integrantes:
- Director: investigador a cargo de la dirección del proyecto.
- Codirector: investigador a cargo de la codirección del proyecto.
- Investigador formado: profesional con méritos científicos y/o artísticos relevantes y probada actividad en investigación.
- Investigador de apoyo: profesional que desarrolla tareas de investigación bajo la supervisión del responsable del proyecto, pero que no cuenta aún con antecedentes científicos y de investigación suficientes como para ser considerado un investigador formado o aún no está realizando una carrera de posgrado
- Investigador tesista: profesional que integra el grupo de investigación debido a que el desarrollo de su trabajo final de especialización, tesis de maestría o doctorado es acorde con alguno de los temas del proyecto.
- Investigador estudiante: estudiante que se inicia en tareas de investigación en el marco del proyecto.
- Técnico de apoyo: personal que trabaja como técnico de I+D (asistentes de laboratorio multimedia, programadores, etc.).
- Becario de investigación: profesional o estudiante que usufructúa una beca del IUNA y desarrolla tareas de investigación en el marco del proyecto.
- Becario de investigación no IUNA: profesional o estudiante que usufructúa una beca expedida por otra institución y desarrolla tareas de investigación en el marco del proyecto.

4.3. Altas, bajas y actualización de datos
Será obligación del director del proyecto informar a la Secretaría de Investigación y Posgrado, por los medios que se determinen, cualquier modificación en la conformación del grupo de investigación y/o actualizar datos, de acuerdo a las novedades que se presenten. Dichas modificaciones deberán ser informadas al momento de producirse, excepto los cambios referidos a los directores, codirectores y becarios que deberán ser solicitados por nota a la Secretaría de Investigación y Posgrado con al menos 30 (treinta) días de anticipación.

5. Resultados
Será responsabilidad del director informar a la Secretaría de Investigación y Posgrado todo resultado generado en el marco de la actividad del proyecto.

Esto incluye:
- Publicaciones
- Tesis doctorales, de maestría y trabajos finales de carreras de especialización aprobados por integrantes del proyecto, haya sido o no becario del IUNA.
- Transferencias referidas a desarrollos o innovaciones artísticas. Esta información de resultados deberá estar incluida en los informes requeridos del proyecto. Los resultados obtenidos en el marco de la presente convocatoria susceptibles de ser protegidos por normas de propiedad intelectual serán de propiedad exclusiva del IUNA, excepto en los casos en que existieran acuerdos previos firmados que establecieran condiciones especiales. Los recursos que origine la comercialización de los resultados serán distribuidos entre las partes, de acuerdo con las resoluciones del Consejo Superior vigentes al momento de la negociación. El Instituto Universitario Nacional del Arte debe figurar siempre en las publicaciones y presentaciones que se realicen como lugar de trabajo y como entidad que financia el proyecto junto a otras instituciones que también lo hagan, incluso en aquellos casos en que los trabajos se hayan hecho con subsidios de esas otras instituciones, siendo que en cualquier situación, el IUNA está financiando como mínimo infraestructura y servicios.

6. Evaluación de proyectos
El proceso de evaluación de los proyectos y de los informes producidos será coordinado por la Secretaría de Investigación y Posgrado del IUNA. El mismo será realizado por Dos (2) pares disciplinarios que cuenten con una categoría no inferior a la III, de los cuales por lo menos el cincuenta por ciento 50% debe ser externo al Instituto Universitario Nacional del Arte.

Descargar

Carátula
Anexo II
Anexo III
Anexo IV
Tabla de Disciplinas 
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